Ley General de Saneamiento Nº 26338 la ampara:
EPSEL S.A. a través de su Oficina de Asesoría Legal, indicó que el directorio de la empresa, al amparo de la Ley General de servicios de Saneamiento Nº 26338 Y su Reglamento cuyo TUO, ha sido aprobado con D.S. 023-2005-Vivienda; así como su modificatoria, establecida mediante D.S. N. 010- 2007-Vivienda, designó a su gerente general, Economista Manuela Pejerrey Campodónico, cuyo curriculum establecido por dicha normatividad; que concuerdan con el perfil de la mencionada profesional en Economía, quien tiene estudios concluidos de post grado como: maestría y diplomados.
Agregan que la disposición legal precisa, taxativamente que para ocupar el cargo de Gerente de Una EPS, como ocurre en otras empresas de saneamiento, debe ser: profesional universitario o con grado de bachiller en las carreras de Ingeniería, Derecho, Economía, Contabilidad o Administración de Empresas; acreditar documentalmente experiencia profesional mínima de cinco (05) años. No contar con antecedentes penales; ni con algún impedimento establecido en el artículo 45º del TUO la Ley 26338; lo cual fue acreditado en el momento de su evaluación y antes de su designación.
Sin embargo, se ha pretendido hacer creer a la Contraloría que se trata de una profesional que no cumple con las exigencias establecidas en la ley especial indicada anteriormente, por lo cual se prepara la respuesta al órgano contralor, indicó el funcionario de dicha Oficina.
EPSEL S.A. a través de su Oficina de Asesoría Legal, indicó que el directorio de la empresa, al amparo de la Ley General de servicios de Saneamiento Nº 26338 Y su Reglamento cuyo TUO, ha sido aprobado con D.S. 023-2005-Vivienda; así como su modificatoria, establecida mediante D.S. N. 010- 2007-Vivienda, designó a su gerente general, Economista Manuela Pejerrey Campodónico, cuyo curriculum establecido por dicha normatividad; que concuerdan con el perfil de la mencionada profesional en Economía, quien tiene estudios concluidos de post grado como: maestría y diplomados.
Agregan que la disposición legal precisa, taxativamente que para ocupar el cargo de Gerente de Una EPS, como ocurre en otras empresas de saneamiento, debe ser: profesional universitario o con grado de bachiller en las carreras de Ingeniería, Derecho, Economía, Contabilidad o Administración de Empresas; acreditar documentalmente experiencia profesional mínima de cinco (05) años. No contar con antecedentes penales; ni con algún impedimento establecido en el artículo 45º del TUO la Ley 26338; lo cual fue acreditado en el momento de su evaluación y antes de su designación.
Sin embargo, se ha pretendido hacer creer a la Contraloría que se trata de una profesional que no cumple con las exigencias establecidas en la ley especial indicada anteriormente, por lo cual se prepara la respuesta al órgano contralor, indicó el funcionario de dicha Oficina.